BOLETIN MARZO 2020

lunes 16 de noviembre, 2020

LA GESTIÓN DE RESIDUOS CONSIDERADA ACTIVIDAD ESENCIAL DURANTE LA ALERTA POR EL CORONAVIRUS

Real Decreto Ley 10 / 2020 - BOE  29  Marzo 2020

El pasado domingo 29 de marzo ha quedado publicado el Real Decreto Ley 10 / 2020, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

Su vigencia es inmediata y hasta el próximo 9 de abril.

En su Anexo enumera específicamente las actividades a las que no se aplica, por ser consideradas esenciales, y entre las que se incluye la gestión de residuos y las actividades de descontaminación, en el punto 18:

 

«que presten servicios de limpieza, mantenimiento, reparación de averías urgentes y vigilancia, así como que presten servicios en materia de recogida, gestión y tratamiento de residuos peligrosos, así como de residuos sólidos urbanos, peligrosos y no peligrosos, recogida y tratamiento de aguas residuales, actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos y transporte y retirada de subproductos o en cualquiera de las entidades pertenecientes al Sector Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público».

De esta forma, la gestión de residuos es considerada esencial por el Gobierno y los trabajadores podrán desplazarse hasta sus centros de trabajo si la empresa lo considerase necesario.

Os recordamos que prevalece la posibilidad del teletrabajo cuando las características del puesto de trabajo lo permitan.

 

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